Recientemente el Consejo General del Poder Judicial ha publicado un acuerdo consensuado por los Jueces de Familia que establece unas tablas orientadoras para calcular las Pensiones de Alimentos de los progenitores no custodios en los procedimientos de familia.
Se trata de unas Tablas Orientadoras, por tanto los Juzgados y Tribunales podrán tenerlas en cuenta pero no resultan vinculantes.
No obstante, y más allá de otras consideraciones que puedan hacerse a las mismas, a priori resulta interesante ser tenidas en cuenta como material de estudio para planificar las posibles consecuencias de un futuro procedimiento judicial en el que deba dirimirse la cuantía de las pensiones de alimentos para los hijos.